Visión holística de la salud
Carlos Emilio López Hurtado* En Nicaragua, en los últimos tres quinquenios, el concepto predominante desde la práctica de la administración pública ha reflejado que la salud ha sido ubicada como una mercancía, un producto, un bien que para acceder al mismo tenés que comprarlo, en última instancia “un servicio”; es así como grandes conglomerados de personas han estado excluidos de recibir una atención en salud gratuita, de calidad y especializada; esta visión y praxis del Estado han sido violentadoras de derechos humanos.
La salud es un derecho humano fundamental que goza de un amplio reconocimiento jurídico y político a nivel nacional e internacional. Este derecho involucra la garantía de que el Estado disponga los recursos materiales y humanos para garantizar a la población las condiciones necesarias para mantener un estado óptimo de salud física, mental y social.
La conceptualización de la salud como un derecho humano, mandato de la Constitución Política de Nicaragua, significa que la población en un sentido universal tiene el derecho de recibir atención integral en salud, así como de acceder a las condiciones de vida necesarias para estar saludable; pero también tiene el deber de cuidar su salud y de participar activamente, tanto en la exigencia del derecho a la salud como en la definición de las políticas públicas, programas y acciones de salud. “La salud no tiene por qué ser un privilegio en Nicaragua, es un derecho inviolable de todas las personas” (Hamilton, Gloria 2007).
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ha expresado, a través de sus observaciones, que se requiere de cuatro elementos para hacer aplicable el derecho a la salud: 1. Disponibilidad: supone que los Estados deben contar con un número suficiente de centros de atención a la salud, a fin de garantizar la cobertura a toda la población. La disponibilidad está relacionada con la existencia de condiciones sanitarias adecuadas, puestos, centros de salud, hospitales, personal médico, así como los medicamentos esenciales.
2. Accesibilidad: se refiere a que todas las personas puedan recibir atención en salud, sin discriminación alguna. La accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas: a. no discriminación, b) accesibilidad física, c) accesibilidad económica, d) acceso a la información. La accesibilidad también implica que los servicios médicos y los factores básicos determinantes de la salud, como el agua potable y los servicios sanitarios adecuados, se encuentren a una distancia geográfica razonable, incluso en lo que se refiere a las zonas de difícil acceso.
3. Aceptabilidad: está relacionada con que la atención en salud deberá corresponderse con la ética médica y, además, debe ser culturalmente apropiada, es decir, respetuosa de la cultura de las personas.
4. Calidad: además de aceptables, desde la perspectiva de los derechos humanos, la atención en salud deber ser también apropiada, desde el punto de vista científico y médico y de buena calidad.
El ejercicio del derecho al goce del grado máximo de salud supone que el Estado debe establecer los procedimientos y mecanismos jurídicos e institucionales que corresponda. Estos mecanismos usualmente están referidos a la formulación de políticas en materia de salud, la aplicación de los programas de salud y la adopción de instrumentos jurídicos concretos.
La OMS reconoce que la salud como un “derecho humano”, que debe ser interpretado, como “el completo estado de bienestar físico, mental y social” y no solamente, como la ausencia de las enfermedades. Desde esta visión la situación de salud o enfermedad de una persona no está determinada sólo por la ausencia de enfermedades, sino que es el resultado de un estado de bienestar, que comprende la esfera bio-psicosocial. “La salud en su acepción más amplia incluye todos los procesos sociales que inciden en el disfrute de una vida saludable. Esto incluiría por supuesto, los referidos a la seguridad alimentaria, calidad de la vivienda, escolaridad y educación sanitaria, empleo y ambiente laboral, protección social y otros” (Hernández, C.:200).
La salud de las personas y las colectividades es el resultado de una serie de factores diversos, entre ellos biológicos: estos factores están asociados a condiciones de edad, sexo y determinantes de tipo genético. Estilos de vida: estos factores están relacionados a comportamientos propios de los individuos, roles sociales, cosmovisiones, costumbres y hábitos que inciden en el estado de salud de las personas. Organización estatal: estos factores guardan relación con la forma en que el Estado dispone sus recursos, para atender el cuidado de la salud de las personas. Si la atención de la salud es gratuita, universal, accesible y cómo se asignan los recursos financieros y económicos. Así mismo, se incluyen las acciones dirigidas a la prevención de enfermedades y a la promoción de hábitos y costumbres, para conservar el estado de salud (Menoti, T y Barrenechea, C).
Desde esta posición, el derecho a la salud no se agota, con la sola posibilidad de ocurrir ante las instituciones encargadas del cuidado, atención y recuperación de la salud y de obtener de éstas una atención gratuita, integral y de calidad, sino que se extiende también a un conjunto de factores relacionados con condiciones estructurales de orden social, ambiental, cultural, educativas, laborales y económicas. Éste es un abordaje del derecho a la salud, desde una perspectiva holística, que permite la vinculación de la salud con otros aspectos que ocupan gran relevancia, tales como el desarrollo económico, ambiental, humano y social.
La OMS ha señalado que “los gobiernos tienen responsabilidad en la salud de sus pueblos”, y que esta responsabilidad “sólo puede ser cumplida mediante la adopción de medidas sanitarias y sociales adecuadas”. “El derecho a la atención a la salud no se limita a la prestación de servicios médicos. Si bien es cierto que la atención médica ha sido considerada con frecuencia como base del derecho a la salud, éste comprende además una serie de derechos afines tales como la protección del medio ambiente, la educación, la vivienda, el saneamiento, el bienestar social, el trabajo, la protección de la familia y la seguridad social” (Jiménez :1997).
La salud es entonces el resultado de un conjunto de elementos interrelacionados e interdependientes, el papel del Estado es fundamental, debido a que es el principal responsable de garantizarlos, a través de la gestión económica y la concertación de esfuerzos sociales e institucionales. Diversos estudios e investigaciones recientes han puesto en evidencia el nexo existente entre el desarrollo económico y estado de salud de la población. De esta relación se ha llegado al convencimiento de que el cumplimiento del derecho a la salud, además de ser un deber jurídico y político, es un imperativo para alcanzar el desarrollo económico del Estado.
Por tanto, para lograr en nuestro país la erradicación de la pobreza, la acumulación de capital humano, la creación de condiciones para la inversión, la edificación de un país productivo, la articulación de un sistema educativo incluyente, está interconectado con la garantía y respeto al derecho a la salud... continuemos el debate...
*Abogado y Sociólogo
ccasaabierta@yahoo.com
Comentarios de nuestros lectores Aurora Suarez 6393644
De acuerdo con vos Carlos Emilio, pero el gran problema es que en este país se violenta desde el Estado de Derecho...qué más podemos esperar? El Código Laboral en el actual contexro es un enunciado...se esta haciendo lo que se quiere...sigamos luchando por los derechos humanosm aunque sea una utopía en este país.
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